lunes, 1 de diciembre de 2014

BREVE REPASO DE LA HISTORIA DE LA PROTECCIÓN DE DATOS







El comienzo de la protección de datos en Europa data sobre el año 1970 en la República Federal Alemana donde surgieron diferentes leyes y normativas referentes con la protección de datos de carácter personal.

 A partir de este momento, fueron apareciendo otras normativas de protección de datos en el resto de países europeos de manera que la mayoría de ellos contaron, de una u otra forma, con algún tipo de legislación en la materia. Los objetivos de éstas nuevas normativas y leyes fueron cambiando, o bien adaptándose a la evolución de la informática o tecnologías de la información.

 La evolución de la tecnología de la informática en esos años y en la actualidad han supuesto sin duda, cambios en el desarrollo de nuestros estilos de vida, hábitos y otros campos como economía y política. Por lo tanto el uso de la informática trajo consigo un mayor tratamiento de todo tipo de datos, entre ellos los datos de carácter personal, y esto por ello, que fue necesario plantear este tipo de normativa.

 En España podemos decir que la protección de datos en nuestro país comienza con la Constitución del 6 de diciembre de 1978. Desde este momento la protección de los datos de carácter personal garantiza la intimidad y el honor de las personas que pueden identificar, este derecho se recoge en el artículo 18.4 de la Constitución Española que se articula en la siguiente forma:
 << Artículo 18 – Derecho a la intimidad de domicilio >> · Se garantizará el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. · El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. · Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. · La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Desde la promulgación de la Constitución hasta que se desarrolló la primera Ley Orgánica relativa a la protección de datos de carácter personal pasaron 14 años. Esta ley llevaba por nombre: Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos (LORTAD)

Fue puesta en marcha en el año 1992 y representa el paso más grande llevado a cabo en España de cara a la protección de datos hasta esa fecha.

Más tarde, en marzo de 1993, apareció la Agencia de Protección de Datos como un organismo independiente con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las previsiones y mandatos establecidos en la LORTAD. Las funciones de la Agencia son: inspectora, ordenadora, reguladora, sancionadora, unificadora, inmovilizadora y relaciones públicas.

La LORTAD sólo estuvo en vigencia 7 años en el régimen jurídico español. El 13 de diciembre de 1999 se procedió a la trasposición a nuestro ordenamiento de la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995 relativa a la protección de datos de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, viendo la luz de este modo la vigente Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, conocida como LOPD.

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